Se informa que, mediante normativa conjunta NCG N° 262 de la Superintendencia de Pensiones y N° 436 de la Comisión para el Mercado Financiero, de fecha 1 de abril de 2020, se ha instruido la siguiente medida, la cual entra en vigencia a contar de esa misma fecha.
Se suspende el despacho del Certificado de Ofertas Original mediante carta certificada al domicilio del consultante para aquellas Solicitudes de Oferta que indicaron un correo electrónico del consultante al momento de su suscripción.
Dado lo anterior, es fundamental incluir un correo electrónico del consultante al registrar la solicitud de ofertas ya que, en las actuales condiciones de contingencia, esta información resulta relevante para un ágil y oportuno despacho del Certificado de Ofertas.
Adicionalmente, se recuerda a los consultantes que en los trámites de pensión de Vejez e Invalidez, el Certificado de Ofertas Original también queda disponible en la sucursal virtual de su AFP desde la fecha de su emisión.
Atte,
Administración SCOMP S.A.
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